Las herencias están a la orden del día, lamentablemente, aún más en la era COVID que estamos viviendo. Es muy importante, en este sentido, entender qué es y cómo se reparte una herencia.

El concepto de herencia
El diccionario da dos definiciones:
- Derecho a heredar que tiene una persona por ley o testamento
- Conjunto de bienes, derechos y obligaciones que se heredan de una persona tras su muerte.
El Código Civil, en su artículo 659, explica que «una herencia son todos los bienes, derechos y obligaciones de una personas que no se extinguen por su muerte».
Al prestar atención a estas definiciones vemos que, respecto al heredero, una representa un derecho de heredar y la otra nos habla de lo que se hereda (herencia). Interesa tener en cuenta ambos conceptos.
¿Qué tipos de herencia hay?
Aunque existen varias formas de heredar o dejar herencia, diferenciaremos los dos supuestos básicos: que haya testamento o no.
– Herencia con testamento
En este caso, la persona que deja en herencia determina en vida cómo se reparten los bienes entre sus hijos. A la hora de hacer testamento, se debe tener en cuenta que no todos los bienes serán heredados por los hijos. Según la ley, una herencia se divide en tres partes iguales:

- La legítima: es el tercio que se destina a partes iguales entre los hijos de la persona fallecida.
- La mejora: se trata del tercio que se destina también a los descendientes, pero la persona que hace testamento puede distribuirlo de la forma que desee.
- La libre disposición: este tercio es el que la persona que deja en herencia puede destinar de la forma que quiera.
El testamento
Para que los tercios en los que se divide una herencia queden resueltos debe existir un testamento. Se trata de una escritura pública firmada ante notario con el que toda persona puede determinar cómo quiere que se repartan sus bienes cuando ya no esté.
Es un trámite relativamente sencillo y barato, entre 38 y 50 euros según el Consejo General del Notariado. Si consultas con tu asesor financiero es más que probable que te aconseje que se haga testamento siempre. Si no se reparten los bienes mediante testamento, se aplica al conjunto el sistema de reparto de la legítima y es ahí donde pueden surgir los conflictos.
¿Sabías que toda persona puede hacer todos los testamentos que quiera? A pesar de ello, solo el último será válido. Este testamento se custodia en la notaría en la que se tramitó durante 25 años y después en el archivo notarial correspondiente. Son los herederos los que deben interesarse y reclamar en la notaría, o el archivo, el testamento.
Cómo se reparte una herencia con testamento
En esta modalidad, el que realiza el testamento o testador, puede haber repartido sus bienes entre los herederos o nombrarlos únicamente sin realizar ningún tipo de reparto.
Siempre se respeta la voluntad del testador si ha repartido los bienes entre los herederos. Si solo se limita a denominar quiénes son, entra en escena el cuaderno particional donde se recogen los datos de los herederos interesados para hacer un reparto igualitario.
Los legados también hay que tenerlos en cuenta. Se trata de unos determinados bienes o capitales que el legador otorga a un heredero (legatario) quien recibirá únicamente lo que el testador ha indicado.
En este caso, el resto de los bienes y las deudas se reparten entre el resto de los herederos, según la forma en la que el testador lo determine, o la que se acuerde entre ellos mismos.
A tener muy en cuenta está la cuestión de que quien hace un testamento tiene que respetar la llamada ‘legítima’ que es la parte de la herencia que el testador no puede disponer por estar reservada a los herederos legitimarios.
Los herederos legitimarios son los siguientes:
1-Los hijos
A los hijos les corresponden las dos terceras partes de su padre o madre fallecida. Sin embargo, esto se puede cambiar pues se podrá disponer que, de los dos tercios, uno de ellos pueda servir para la mejora, que es la porción que se destina a favor de uno de los descendientes con preferencia a otros como, por ejemplo, hijos o nietos. Sin embargo, esto tiene que estar legalmente expuesto en el testamento para tener validez.
2-Reparto de una herencia entre padres y ascendientes de los hijos y descendientes
Si no hubiese ningún hijo, los herederos legitimarios, también llamados herederos forzosos, son los padres del fallecido. A éstos les correspondería la mitad de la herencia. La otra mitad, puede dejarla el testador a quien quiera. Si éste no dijere nada, los padres pueden heredar todo el caudal hereditario.
3-El viudo/viuda
Si en el momento de fallecer, la persona está casada, la legítima del viudo se rige en base a lo siguiente:
- Si hay hijos y descendientes comunes el viudo o viuda tiene el usufructo del tercio de la mejora.
- Si no hay descendientes, pero sí ascendientes, cuenta con el derecho del usufructo de la mitad de la herencia.
- Si hay hijos del fallecido no comunes y concebidos durante el matrimonio, se tiene el derecho del usufructo de la mitad de la herencia.
- Si no hay descendientes ni ascendientes, se mantiene el derecho al usufructo de los dos tercios de la herencia. Aunque en estos casos los herederos tienen la opción de satisfacer al cónyuge viudo su parte de usufructo en forma de renta vitalicia, un importe determinado u ofreciéndole en propiedad algunos bienes.
Con esto podemos ver claramente cómo se reparte una herencia entre cónyuge e hijos.
Si el testador desea que un hijo no herede debe haber un testamento escrito. De no ser así, por ley recibirá la parte que le corresponde. Para desheredar a un hijo se debe demostrar con pruebas que aleguen que dicha persona quede fuera de la herencia. Las razones por las que se puede desheredar son las que siguen:
- Intento de calumnia al padre o madre y existe una sentencia.
- Intento de asesinato de testador.
- Si en caso de necesitarlo no se hace cargo del padre o madre. Se considera también negligencia por omisión.
- Si no tiene relación alguna con los padres.
– Herencia sin testamento
Si la persona no deja testamento en vida, se repartirán los bienes de manera igualitaria y heredarán hijos, padres y el cónyuge del fallecido.
Cómo se reparte la herencia cuando no hay testamento
Si no se ha otorgado ningún testamento, la herencia corresponde a los herederos legítimos y son éstos quienes realicen el reparto de la misma. En el cuaderno particional (documento donde se realiza el reparto de la herencia) se tiene que respetar la igualdad entre los distintos herederos.
Reparto de la herencia mediante la figura del contador-partidor
El contador-partidor es un tercero que se encargará de realizar el reparto de la herencia mediante el cuaderno particional garantizando que se cumpla la última voluntad del fallecido.
Puede ser un contador-partidor testamentario, que es aquel que eligió el testador en su momento; o puede ser un contador – partidor dativo, designado por los herederos.
En este último caso, si no hay acuerdo, los herederos que representen al menos el 50% de lo heredado pueden solicitar su asistencia. El contador – partidor dativo será nombrado por el Notario o Letrado de la Administración de Justicia correspondiente.
Es importante recordar que si la persona fallecida estaba casada en régimen de gananciales se hará la liquidación con la autorización del viudo o viuda.
¿Qué ocurre si no existe un acuerdo para la repartición de la herencia?
Los beneficiarios de una herencia para la que no se ha llegado a un acuerdo de reparto entre los hermanos deben solicitar la partición judicial de la herencia. Pueden solicitar esta partición los herederos, los legatarios si sus porcentajes de la herencia son al menos iguales a la parte alícuota, también el viudo o viuda. Se requerirá la participación de abogado y procurador.
Para ello, el solicitante acudirá al juzgado de primera instancia correspondiente al domicilio de la persona fallecida o donde estén ubicados la mayor parte de sus bienes.
Últimos consejos
Antes de realizar el testamento, es conveniente que el testador, esté al tanto sobre cómo se reparte la herencia de una casa.
Si eres heredero, debes saber que se puede obligar a una persona a repartir una herencia en cuanto así lo dictamine la Ley, tal como hemos expuesto anteriormente.
Sobre si se puede repartir una herencia sin estar todos los herederos presentes debes saber lo siguiente: antes del reparto de una herencia los herederos pueden aceptarla o rechazarla.
Si se acepta, estén o no presentes los herederos, la gestión de la herencia seguirá su curso legítimo igualmente con todo lo que ello conlleve.
Todo lo que no se resuelva mediante los cauces convencionales, pasará a manos de la Administración de Justicia.
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